En la industria de la construcción, en la República Argentina, participa un importante número de constructoras, desde unidades unipersonales a multinacionales. Y cada una se encuentra posicionada en su gama específica de negocios.

Sin embargo, también se produce el crecimiento y decrecimiento vegetativo de empresas, cada una de las cuales va dejando territorios de negocios a los que otros quieren arribar, características propias de un sistema complejo y dinámico.

El mayor de los problemas para la inserción lo tienen las personas físicas o jurídicas (personas o sociedades) que inician sus actividades, porque el Registro Nacional, entidad que califica y habilita a las constructoras para participar en las obras públicas, posee un mecanismo de evaluación apoyado exclusivamente en los antecedentes, lo que se llama “producción histórica”. [Ampliar]

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Consulta:

¿Por qué mi capacidad es menor a la de mi competencia siendo que mi empresa ha efectuado más obras que ella?

Nos consulta un empresario sobre una situación que suele reiterarse a muchos otros por lo cual entendemos interesante exponer este tema. [Ampliar]

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Consulta:

Mi empresa ha realizado obras de Ingeniería, sin embargo el Registro solo le otorga la sección Arquitectura y estamos interesados en solicitar este rubro. [Ampliar]

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Consultorio del Registro es un espacio abierto para evacuar todo tipo de inquietudes o dudas que le surjan al empresariado de la construcción atinentes al Registro Nacional de Constructores, ya sea para aquellas empresas que no se encuentran inscriptas en este ente calificatorio o para aquellas otras que, habiendo obtenido su Capacidad, no logran resolver algún escollo o les resulta dificultosa la interpretación de las normas en vigencia o sus procedimientos.

El Registro de Constructores no posee un área de asistencia al empresario ni tampoco es ésa su función, sino que se trata de una entidad creada para evaluar y calificar constructoras, por ese motivo, no es el lugar propicio para consultar la manera de exponer los antecedentes de la empresa para obtener una puntuación óptima. Tampoco lo son las entidades de representación empresaria, ya que allí se les debería solicitar apoyo a quienes serán sus futuros competidores en el terreno comercial; por ello, entendemos que es necesario crear un canal más amigable y neutral para este tipo de consultas.

La empresa puede contar con la garantía de discrecionalidad que se encuentra respaldada por más de 30 años de asistencia profesional en la materia y con la solvencia que le otorga el haber participado en la confección de las últimas normas que regulan este sistema.

Este servicio será totalmente sin cargo para las consultas de carácter general que posteriormente serán aglutinadas para exponer casos tipo, los cuales serán publicados, enriqueciendo recíprocamente el conocimiento de un sistema calificatorio complejo y dinámico.

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Recordemos que Capacidad de Contratación es la Capacidad total de la empresa y que Capacidad de Ejecución es la capacidad disponible luego de restar los compromisos de obra asumidos; es la que usamos en las licitaciones.

Los motivos por los que puede verse disminuida su Capacidad de Contratación son los siguientes. [Ampliar]

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Una de las consultas más frecuentes que recibimos es la de saber si la Empresa puede presentar su oferta a una licitación sin contar con la correspondiente “Capacidad de Contratación”, o estando ésta vencida, o en trámite, o resultando exigua a las exigencias del pliego.

Quienes participan frecuentemente en el negocio de la obra pública supondrán que se trata de una cuestión de inexpertos; sin embargo y debido a la dispersión de normas y a la ambigüedad de alguna de ellas sigue siendo un asunto sin dilucidar en forma absoluta, como podrán apreciar en el desarrollo de esta nota. [Ampliar]

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