En la industria de la construcción, en la República Argentina, participa un importante número de constructoras, desde unidades unipersonales a multinacionales. Y cada una se encuentra posicionada en su gama específica de negocios.
Sin embargo, también se produce el crecimiento y decrecimiento vegetativo de empresas, cada una de las cuales va dejando territorios de negocios a los que otros quieren arribar, características propias de un sistema complejo y dinámico.
El mayor de los problemas para la inserción lo tienen las personas físicas o jurídicas (personas o sociedades) que inician sus actividades, porque el Registro Nacional, entidad que califica y habilita a las constructoras para participar en las obras públicas, posee un mecanismo de evaluación apoyado exclusivamente en los antecedentes, lo que se llama “producción histórica”.
Entonces, el dilema que se le plantea a los recién llegados es no contar con antecedentes para gestionar su habilitación y a su vez no poseerla para generar dichos antecedentes. En este caso, la empresa tiene que transitar un largo camino que consiste en inscribirse como constructora “sin antecedentes” solicitando la capacidad mínima (que actualmente es de pesos 500.000) y con ese permiso tratar de participar en obras en uniones transitorias de empresas (UTE), adicionándole a ello la ejecución de obras de tipo privado e intentar mejorar su posición a posteriori, cuando culmine su primer balance completo de 12 meses.
Este panorama y su solución son válidos para los casos de tipo general de constructoras que recién inician sus actividades, sin embargo, es menester analizar cada caso particular, ya que existen otras soluciones que no se encuentran establecidas en las normas pero sí puede recurrirse a casos similares que ya fueron aprobados en las correspondientes reuniones del Consejo del Registro. Incluso, antes de constituir una sociedad, es recomendable consultar con especialistas en esta materia ya que existe la posibilidad de recuperar antecedentes personales de los socios si la sociedad se constituye como continuadora comercial de éstos; de esa manera se abren otras oportunidades.
Lo que debe destacarse es que si una empresa posee como política comercial la participación en obras públicas, necesariamente debe inscribirse en el Registro caso contrario, operará como subcontratista y esos antecedentes serán absorbidos por el contratista principal con lo cual la empresa demora su crecimiento. En todos los casos, lo que define el resultado de la calificación, además de los antecedentes, es el modo en que éstos están expuestos al “uso y costumbres” del Registro, tema éste, que sólo pueden conocer especialistas que recurren con regularidad a las calificaciones. Este es el motivo por el cual se recomienda tercerizar esta actividad ya que si se inicia en forma deficiente resulta muy dificultosa su corrección y encausamiento en pos de los objetivos comerciales de la empresa.